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Instituciones públicas crearán inventario de trámites y servicios administrativos

Según la resolución, ningún ente u órgano de la Administración Pública podrá exigir requisitos o tasas no registradas en el inventario.

Por: Maholi Albuez

Santo Domingo. – En un esfuerzo por promover la transparencia y eficiencia en la administración pública, el Ministerio de Administración Pública (MAP) ha emitido la resolución No. 439-2023. Esta resolución establece pautas para la creación y gestión de un Inventario de trámites y servicios administrativos, en cumplimiento de la ley No. 167-21 de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites. Firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, la resolución destaca la importancia de mantener registros actualizados que incluyan información detallada sobre cada trámite y servicio.

Compromiso con la Legalidad y Atención Ciudadana

Según la resolución, ningún ente u órgano de la Administración Pública podrá exigir requisitos o tasas no registradas en el inventario. Los usuarios tienen derecho a negarse a cumplir con requerimientos no contenidos en el Catálogo de Servicios al realizar sus solicitudes. Este compromiso con la legalidad y la atención ciudadana busca garantizar una experiencia más transparente y justa para todos los usuarios.

Homogeneidad en Trámites y Servicios

La resolución insta a las instituciones a procurar que los requisitos, costos, procedimientos y plazos de respuesta de sus trámites y servicios sean uniformes, independientemente del canal de provisión. Esta medida busca simplificar y agilizar los procesos, brindando a los usuarios una experiencia coherente y eficiente en todos los entes y órganos de la Administración Pública.

Acceso y Participación Ciudadana

Cada institución deberá publicar su catálogo de servicios en el portal único del Estado (www.gob.do), facilitando el acceso a la información a través de distintos canales presenciales. Además, se habilita la línea telefónica *311 para que los usuarios y ciudadanos puedan realizar reclamaciones y sugerencias, promoviendo así la participación activa de la ciudadanía en la mejora continua de los servicios públicos.

Rol del MAP como Órgano Rector

En su función de órgano rector y promotor del modelo de gestión de calidad, el MAP revisará, validará y aprobará la información de trámites y servicios antes de su registro en el inventario y publicación en el Catálogo de Servicios. Este papel central del MAP garantiza la coherencia y calidad de la información ofrecida a los ciudadanos.

Responsabilidad de la OGTIC en la Transformación Digital

La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) desempeñará un papel clave en la transformación digital. Encargada del diseño, desarrollo y mantenimiento de la plataforma tecnológica para el inventario, la OGTIC también brindará asistencia a los entes y órganos en la implementación y uso de la plataforma, asegurando su interconexión e interoperabilidad con otros sistemas.

Requisitos y Compromisos para la Transparencia

De acuerdo con el reglamento de la Ley sobre Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, cada trámite y servicio administrativo incluirá información esencial como el nombre, institución responsable, norma habilitante, instituciones involucradas, sector al que pertenece, y la modalidad de gestión (presencial o virtual). Estos requisitos y compromisos refuerzan el enfoque del gobierno hacia la transparencia y mejora continua en la prestación de servicios públicos.